La administración del presidente Luis Abinader ha oficializado este martes un nuevo decreto que regula la aplicación del ITBIS a servicios y plataformas digitales ofrecidos por empresas extranjeras.
Esta medida, contenida en el Decreto 30-25 y publicada en la Gaceta Oficial No. 11186, busca garantizar una tributación equitativa en el consumo de servicios digitales dentro del país. Su entrada en vigor está programada para julio de 2025, seis meses después de su emisión.
La nueva normativa establece que todas las plataformas digitales utilizadas en territorio dominicano estarán sujetas a este impuesto, incluyendo servicios de streaming, publicidad en línea, aplicaciones de transporte y software empresarial.
Se exceptúan de esta regulación sectores como la educación y la salud, manteniendo su exención fiscal vigente.
Entre las principales plataformas afectadas se encuentran Netflix, Spotify, Disney+, Uber, Airbnb, Google Ads y Facebook Ads, entre otras.
Además, la regulación abarca servicios de almacenamiento en la nube, cursos en línea, libros electrónicos y videojuegos descargables, asegurando que proveedores y consumidores cumplan con sus respectivas obligaciones tributarias.
Los proveedores internacionales que operan en República Dominicana deberán inscribirse en la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) en un plazo de 90 días, obteniendo un Registro Nacional de Contribuyentes (RNC).
También deberán declarar y pagar el ITBIS mensualmente a través de una plataforma habilitada por la DGII, proporcionando información detallada sobre sus operaciones y permitiendo auditorías fiscales.
El Código Tributario dominicano contempla sanciones para aquellas empresas que no cumplan con la normativa, asegurando el correcto recaudo de impuestos en el sector digital.
Desde la promulgación del decreto, se espera que tanto usuarios como empresas internacionales adapten sus estrategias para cumplir con esta nueva regulación fiscal.


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